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NOTICIAS

EL TRIBUNAL SUPREMO ANULA UN CONTRATO DE PRÉSTAMO BANCARIO POR USURARIO

PRIMACÍA DEL DERECHO COMUNITARIO SOBRE EL DERECHO INTERNO

En sentencia de 5 de noviembre de 2015, el TC dictó sentencia por la cual establece que el principio de primacía del Derecho de la UE obliga a aplicar la normativa comunitaria cuando está en colisión con el derecho interno.

LA REGULACIÓN DEL PROCESO MONITORIO ESPAÑOL PERMITE AL JUEZ CONTROLAR DE OFICIO LA EXISTENCIA DE CLÁUSULAS ABUSIVAS

EN SENTENCIA DE 21 DE OCTUBRE DE 2015 EL TS ESTIMA LA ADMISIÓN DE LA ACUMULACIÓN DE ACCIONES EJERCIDA POR VARIOS CLIENTES DE UN BANCO

El Tribunal Supremo en sentencia de 21 de octubre de 2015 estimó la admisión de la acumulación de acciones ejercidas por varios clientes de un banco. Según la sentencia es suficiente con que exista una conexión entre el título y la causa de pedir en las acciones acumuladas, no siendo necesario que el título y la causa sean idénticos.

 

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TRÁFICO INGRESA MÁS DE 123 MILLONES POR INFRACCIONES EN TRES AÑOS

Según la información de la prensa del día 12 de octubre de 2015, dos de cada tres euros pagados a la DGT por infracciones en las carreteras de la Comunidad de Madrid se deben, en primer lugar a los radares por exceso de velocidad, en segundo lugar por hablar por teléfono móvil sin manos libres, seguidos de no llevar cinturón de seguridad y por tasa de alcoholemia o haber consumido drogas. 

 

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REFORMA DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL

El 6 de octubre se publicó la Ley 42/2015 de 5 de octubre de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que entró en vigor el día 7 de octubre de 2015. Algunas modificaciones entrarán en vigor el 15 de octubre de 2015.

 

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DELITO DE REVELACIÓN DE SECRETOS: Condenado por espiar el móvil de su mujer

En las noticias de esta semana se ha difundido la condena a dos años y medio de cárcel a una persona por delito de descubrimiento y revelación de secretos con el agravante de parentesco. El condenado había espiado el teléfono móvil de su esposa (ex mujer) para recopilar pruebas de una relación extramatrimonial de ésta y aportarla al juicio de divorcio. La sentencia fue dictada por el Juzgado de lo Penal 4 de Girona. Actualmente (octubre 2015), la sentencia se encuentra apelada.

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PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: Publicación de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común

El 2 de octubre de 2015 se publicó la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.

Entrada en vigor: entrará en vigor al año de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Sin embargo, en algunos aspectos (en general lo relative a registro electrónico) se prevé la entrada en vigor a los dos años de la entrada en vigor de la Ley.

Objeto de la Ley: se regulan las relaciones externas entre la Administración y los ciudadanos. Lo que la ley pretende es implantar una Administración totalmente electrónica, interconectada y transparente , a fin de agilizar los procedimientos administrativos, reduciendo los tiempos de tramitación y resolución de los mismos.

BOE

CUSTODIA COMPARTIDA: El Tribunal Supremo entiende que la custodia compartida debe acordarse si beneficia a los menores, aunque exista discrepancia entre los progenitores

El TS, en sentencia de 9 de septiembre de 2015 ha acordado que la discrepancia entre los padres sobre el sistema de custodia compartida no puede llevar a su exclusión. Considera que el informe psicosocial es importante pero debe ser analizado desde el punto de vista jurídico. De esta forma, el TS revoca la sentencia de la AP de Guipúzcoa que había atribuido originariamente la custodia de los hijos a su madre.

http://www.poderjudicial.es/stfls/SALA%20DE%20PRENSA/NOTAS%20DE%20PRENSA/TS%20Civil%2009-09-2015.pdf.

CONSUMIDORES Y USUARIOS: El TJUE considera que una persona física que actúa al margen de su actividad profesional debe ser considerado consumidor

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sentencia de 3 de septiembre de 2015 ha determinado que una persona física que ejerce una actividad profesional (en este caso la abogacía) y firma un contrato de crédito con un banco, sin precisar el destino del crédito, puede considerarse "consumidor" a efectos de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, si dicho contrato no está vinculado a la actividad. De esta manera, al considerarse "consumidor", no queda vinculado por las cláusulas abusivas. 

SUCESIONES: Canarias eliminará el Impuesto de Sucesiones y Donaciones

SUCESIONES: Desde el 17 de agosto de 2105 rige el Reglamento Europeo de Sucesiones

JURISDICCIÓN VOLUNTARIA: Entra en vigor la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria

EJECUCIÓN HIPOTECARIA: El Tribunal Constitucional revoca una ejecución hipotecaria a una víctima de violencia de género 

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