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LA NUEVA LEY HIPOTECARIA ES APROBADA EN EL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

El Congreso de los Diputados aprobó pasado 11 de diciembre de 2018 la nueva Ley Hipotecaria (pendiente de aprobación por el Senado). Esta nueva ley tratará de proteger a los consumidores en 3 aspectos: evitar desahucios, bajar los costes de amortización y forzar a los bancos a pagar los gastos hipotecarios. Asimismo, establece que no es obligatorio contratar productos asociados a la hipoteca (sería solo una opción del consumidor).

Cambios introducidos en la nueva Ley Hipotecaria

 

La nueva ley tiene que adaptarse al Reglamento 2014/17/UE y éstas son sus modificaciones más importantes:

 

Gastos Hipotecarios: el banco deberá pagar los gastos hipotecarios, tales como, notario, registro, gestoría, Actos Jurídicos Documentados (AJD). Sin embargo, se espera que el banco transfiera estos gastos al cliente por medio de la elevación de los tipos de interés. Los gastos de tasación serán pagados por el consumidor.

 

Protección al consumidor: habrá más protección al consumidor para evitar desahucios. Durante la primera mitad del contrato: debe haber un impago que alcance el 3% del principal del contrato o 12 mensualidades. A partir de allí la hipoteca podrá ser ejecutada.

Desde la segunda mitad del contrato: debe existir un impago que alcance al 7% del principal de la hipoteca o 15 mensualidades.

 

Beneficios en la amortización de la hipoteca: la nueva ley quiere mantener bajos los gastos de cancelación anticipada para adecuar la legislación española a la Directiva europea. Esta medida ha sido aprobada retroactivamente para las nuevas cancelaciones anticipadas. ¿Qué significa esto?. Que todos aquellos que hayan hecho una cancelación anticipada desde la entrada en vigor de la ley podrán beneficiarse de estas nuevas condiciones. Aquéllos que hayan hecho una amortización en el pasado (con la antigua ley en vigor) no podrán recobrar el dinero pagado.

 

Cambio en el tipo de interés: será más fácil y más barato cambiar el tipo de interés variable al tipo fijo. La comisión máxima para el cambio será de 0,25% durante los primeros 3 años. Después será gratuita. El banco conservará el derecho a aceptar o no el cambio de interés de variable a fijo.

 

Comisión por subrogación: será posible subrogarse y renovar la hipoteca sin gastos de comisión bancaria. El banco no cargará comisión en estos casos.

 

Interés de demora máximo: el máximo de interés de demora fijado en el contratos será 3 veces el interés oficial.

 

Se espera que la ley entre en vigor en marzo de 2019.

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