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EL IRPH Y SU CARÁCTER ABUSIVO

IRPH El IRPH podría ser revisable

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha abierto la puerta a los jueces para declarar abusivas las cláusulas en las hipotecas referenciadas al IRPH y, de esta manera los clientes podrían ser compensados por ello. La decisión final del Tribunal de Justicia de la UE afectaría miles de préstamos hipotecarios.

¿Qué es el IRPH?

 

Es uno de los índices (como el Euribor) a los que se referencian los préstamos hipotecarios en compra de viviendas. Es un índice oficial publicado mensualmente por el Banco de España en el Boletín Oficial del Estado (BOE) al igual que otros índices como el Euríbor).

 

¿Cómo se calcula?

 

El IPRH se calcula sobre la base del porcentaje de los préstamos otorgados por las entidades bancarias (y demás entidades financieras). Fue creado por una Orden Ministerial de 1994. Fue ampliamente utilizado en el período que va de 2005 a 2009, coincidiendo con el boom del mercado inmobiliario y parecía imparable en su ascenso.

 

¿Por qué es polémico el IRPH?

 

Cuando explotó la crisis inmobiliaria el Euríbor comenzó a caer mientras que el IRPH permaneció estable, haciendo que los consumidores que habían contratado con este tipo de índice pagaran intereses más altos que aquéllos que tenían préstamos referenciados a otros índices variables. Hoy en día el Euríbor se mantiene en mínimos históricos, mientras que el IRPH se conserva en tipos altos.

 

Las asociaciones de consumidores consideran que las entidades no explicaron claramente los riesgos y consecuencias del citado índice y, consecuentemente, podría ser declarado abusivo y revocado por los tribunales. El TJUE deberá adoptar una decisión en este respecto después de una consulta elevada por un juzgado de Barcelona.

 

En 2017 el Tribunal Supremo validó la cláusula del IRPH argumentando que era un índice oficial y fácilmente conocido por un cliente perspicaz “normalmente informado y razonablemente atento”. El TS entonces falló a favor de los bancos en una demanda instada por un cliente que reclamaba la nulidad del IRPH. La cuestión ahora reside en determinar si este índice está en concordancia con las Directivas europeas de transparencia.

 

¿Qué es lo que el TJUE debería aclarar?

 

El TJUE deberá aclarar si el IRPH está exento del control de transparencia o no y también cómo quedarían las hipotecas en caso de que la sentencia fuera favorable al cliente –por ejemplo, si el IRPH debería ser reemplazado por el Euríbor-.

 

Por otra parte, en caso de devolución, determinar si estas cantidades deberían ser devueltas retroactivamente (desde el origen del préstamo) o desde la fecha de la sentencia. Este punto afectaría sensiblemente al sistema bancario español. El impacto para los bancos podría ser de hasta 44.000 millones de euros en el caso más extremo, incluyendo también operaciones ya completadas.

 

El informe del Abogado General no es vinculante pero en muchos casos las sentencias de los jueces usualmente siguen la dirección establecida por dicho abogado. Se espera una decisión para marzo-abril del año que viene.

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