MÁS SENTENCIAS CONTRA UN BANCO POR RESPONSABILIDAD DE UN PROMOTOR INMOBILIARIO
En ocasiones anteriores habíamos hecho referencia a casos en los que nuestros clientes que habían adquirido apartamentos por contrato privado que posteriormente lograron una sentencia favorable contra el banco donde se habían depositado las cantidades a cuenta de la compraventa inconclusa por responsabilidad del promotor. Leer más...
SENTENCIA SOBRE EXTINCIÓN DE HIPOTECA Y NULIDAD DE ADJUDICACIÓN
En 2006 una empresa adquirió 4 apartamentos en un complejo inmobiliario abonando la totalidad de la compraventa al promotor, quien con anterioridad había solicitado un préstamo promotor al banco. La responsabilidad hipotecaria había sido distribuida entre todas las unidades del complejo y la carga se iría cancelando parcialmente a medida que se escriturando. En la escritura de compraventa de los 4 apartamentos el notario consignó que la carga hipotecaria en cada uno de ellos estaba cancelada económicamente, pendiente de la cancelación registral a que se comprometía el promotor. Leer más ...
UNA SENTENCIA FAVORABLE SOBRE CLÁUSULA SUELO
Nuestro bufete ha obtenido recientemente una sentencia favorable en el tema de cláusula suelo dictado por el Juzgado 1 Bis de La Laguna (Tenerife), especializado en estas cuestiones. Según los datos de los colegios de abogados y de procuradores, este juzgado recibió alrededor de 4.000 demandas dentro de los 6 meses siguientes a su creación. Según el Colegio de Abogados de Tenerife se dictan unas 200 sentencias al mes. Leer más...
MÁS SOBRE LA LEY 57/68
OTRA SENTENCIA CONTRA UN BANCO POR RESPONSABILIDAD DE UN PROMOTOR INMOBILIARIO
En septiembre 2017 presentamos en nombre de nuestros clientes una demanda colectiva contra Caixabank por responsabilidad del banco como garante de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenía abierta en dicha entidad. El banco tiene legitimación pasiva en virtud de la Ley 57/1968 que fue la que referimos en la demanda. Esta ley cobra especial importancia a modo de vigilante del cumplimiento por la promotora de la constitución de las garantías establecidas en dicha ley, cuando impone al banco para la apertura de cuentas por la promotora de viviendas, que bajo su responsabilidad, garantice a los compradores que hayan anticipado fondos la eventual devolución en caso de que la promoción no llegue a buen fin. Más...
LEY 57/58
SENTENCIA CONTRA UN BANCO POR RESPONSABILIDAD DE UN PROMOTOR INMOBILIARIO
En 2005 nuestros clientes adquirieron varios apartamentos por contrato privado en un residencial-comercial que debería haber estado finalizado en 2008 y cuyo promotor había solicitado un préstamo promotor a CajaCanarias (hoy La Caixa). Debido a maniobras presuntamente fraudulentas del promotor (sus directivos utilizaron dinero de la financiación para su propio beneficio) los inmuebles no fueron terminados a tiempo. Los clientes habían depositado aproximadamente el 50% del valor de los inmuebles como entrega a cuenta y el promotor se negó a devolver tales cantidades ingresadas en la cuenta bancaria que el promotor tenía abierta en CajaCanarias para finalmente presentar concurso de acreedores.
En noviembre de 2016 presentamos en nombre de nuestros clientes una demanda colectiva contra Caixabank por responsabilidad del banco como garante de las cantidades anticipadas por los compradores e ingresadas en la cuenta o cuentas que el promotor tenía abierta en dicha entidad. El banco tiene legitimación pasiva en virtud de la Ley 57/1968 que fue la que referimos en la demanda. Más...
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
RECURSO DE AMPARO GANADO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Nuestro cliente, una entidad mercantil, adquirió una finca rústica de 20 HA de superficie en 2004. En 2009 hipotecó la finca como hipotecante no deudor, es decir, avalando con la finca un préstamo hipotecario sobre el chalet de una persona física (deudor hipotecario). A consecuencia del impago de las cuotas del préstamo por el deudor, en abril de 2012 el banco instó la correspondiente ejecución hipotecaria contra el deudor y contra el hipotecante no deudor ante el juzgado de primera instancia competente. Durante esa etapa de ejecución, nuestro cliente preguntó al banco ejecutante en reiteradas oportunidades (más de seis) si la finca iba a estar afectada, a lo que el banco siempre respondió que no había de qué preocuparse, que con la venta en subasta del chalet se cubría todo el crédito, con lo cual, no habría ejecución sobre la finca rústica. A nuestro cliente (hipotecante no deudor) no le fue notificada la demanda de ejecución hipotecaria a pesar de que el banco conocía varios domicilios del cliente. Sólo se intentó un acto de comunicación en un domicilio (practicada por el procurador del banco), ordenándose la notificación por edictos y la continuación de la ejecución en rebeldía (tanto contra el deudor como contra el hipotecante no deudor). Más...
En materia de ejecuciones hipotecarias contra nuestros clientes hemos tenido un éxito rotundo logrando la anulación de los procedimientos en beneficio del ejecutado. Más...
RECLAMACIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS
En nuestro blog MARZO 2015 hemos hablado de lo que es una complementaria o paralela. Es cuando la Administración revisa (por ejemplo) el precio de adquisición de una vivienda por encima de lo declarado en escritura. Más..
En el ámbito familiar (separación, divorcio, custodia, pensión compensatoria y alimenticia) hemos defendido el interés del cliente hasta lograr su plena satisfacción. Más..
Los mayores logros en esta disciplina fueron un completo conocimiento de la Ley Orgánica anterior de 1985 y la nueva LOE 4/2000, en especial lo relativo a las sanciones. Más...
Nuestra experiencia en Comunidades de Propietarios, no sólo abarca las acciones judiciales (juicios monitorios o declarativos) a emprender frente a morosos sino... Más...
En este aspecto hemos asesorado a decenas de clientes con problemas hereditarios, ayudando a que el impuesto sucesorio no fuera un escollo insalvable y realizar de manera ordenada la manifestación y adjudicación. Más...